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Se oficializó el distanciamiento social hasta el 28 de febrero: qué sucederá con las clases presenciales

El Gobierno oficializó este sábado el decreto 67/2021 que amplía el distanciamiento social, preventivo y obligatorio hasta el 28 de febrero. El documento publicado en el Boletín Oficial prioriza el retorno a las clases presenciales en todas las provincias.

Según lo establecido en el artículo 24º de la medida, “podrán reanudarse las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales de acuerdo a los parámetros de evaluación, estratificación y determinación del nivel de riesgo epidemiológico”. Sin embargo, la decisión será tomada por las autoridades correspondientes a cada jurisdicción.

Foto: Mauro Montenegro para RedBoing

En este sentido, desde el Ejecutivo dispusieron que “en aquellos casos en que resulte necesario disminuir la circulación de personas, a fin de mitigar la propagación del virus, se deberán implementar políticas sanitarias que prioricen el funcionamiento de los establecimientos educativos con modalidades presenciales”.

Asimismo, “el personal directivo, docente y no docente y los alumnos que asistan a clases presenciales y a actividades educativas no escolares que se hubieran reanudado, quedan exceptuados de la prohibición del uso del servicio público de transporte de pasajeros urbano, interurbano e interjurisdiccional”.

En Santa Fe, las clases comenzarán el 17 de febrero para los grupos prioritarios que tienen que cerrar etapas, y el resto lo hará en marzo.

Tras un acuerdo con la Provincia, la UNR aumentará las actividades presenciales desde el lunes

Actividades económicas

Sólo podrán realizarse actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios en espacios cerrados a un 50% de su superficie. En tanto, los deportes deberán practicarse  con menos de 10 personas en canchas o gimnasios techados.

Reuniones sociales

Por otro lado, continúa la modalidad de las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre, los acontecimientos culturales, sociales, recreativos, religiosos o familiares y actividades en general de más de 20 personas en espacios cerrados.

Por otra parte, las autoridades nacionales dispusieron que se podrán dictar las normas reglamentarias para limitar la circulación por horarios o por zonas.

Ocio

No se podrán realizar eventos culturales, sociales, recreativos o religiosos en espacios públicos al aire libre con concurrencia mayor a 100 personas. Siguen sin ser habilitados los cines, teatros, clubes y centros culturales.

 

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