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Política

Rechazaron la inconstitucionalidad del DNU que decretó la cuarentena obligatoria

El fiscal federal Ramiro González rechazó el planteo de inconstitucionalidad de los Decretos de Necesitas y Urgencia que fueron dictados por Alberto Fernández, que hizo la defensa de Stefania Domínguez, una de las invitadas al cumpleaños VIP de Fabiola Yañez en plena cuarentena estricta que regía en el país. 

La amiga de la primera dama eligió al abogado Mauricio D’Alessandro quien planteó el sobreseimiento de su defensa y alegó que los decretos firmados por Fernández, que es presidente y a la vez imputado en la causa. El plazo para contestar el planteo de inconstitucionalidad vence este martes. Desde entonces, el juez Sebastián Casanello estará en condiciones de resolver el incidente que se abrió debido a la presentación que se hizo la semana anterior.

El abogado había planteado que la conducta de Domínguez: “Encuentra encuadre en el ejercicio de derechos de jerarquía superior, como son la libertad de reunión y, a su vez, no haberse corroborado que en ese entonces se hubieran encontrado cursando la enfermedad causada por el COVID19 o padeciendo algún síntoma compatible con la misma”. La tesis de D´Alessandro asegura que el DNU vigente para la fecha del cumpleaños, así como todos los otros adoptados a raíz de la pandemia que hubieran cercenado libertades individuales, son contrarios a la Constitución y fueron emitidos violando el procedimiento previsto para esos casos.

“No existieron circunstancias excepcionales en cuanto al funcionamiento y ejercicio de las legales y constitucionales facultades legislativas, que hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previsto por la Constitución Nacional para la sanción de las leyes”, disparó el escrito. Pero aun así, advirtió que “el texto del DNU 576/2020 (vigente a la fecha) permitía las reuniones sociales de hasta diez personas en determinados aglomerados urbanos”, había dicho el defensor de Domínguez quien concluyó: “Aún cuando pudiera argumentarse que habría violado el distanciamiento o aislamiento establecido en dicho decreto – lo que a todo evento niega esta defensa – , lo cierto, lo concreto y real es que existiría, en el caso, un error de derecho y hecho excusable, que haría el accionar inimputable a mi asistida”, había dicho D´Alessandro.

El fiscal, Ramiro González resumió el planteo de D´Alessandro: “El defensor ataca los decretos aludidos por contener materia penal, por las restricciones a la posibilidad de circular libremente de los ciudadanos y por no existir “necesidad” en los términos de la facultad del Poder Ejecutivo de dictar decretos de necesidad y urgencia”.

 

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