La Justicia rechazó ayer el pedido de sobreseimiento del músico Cristian “Pity” Álvarez y suspendió el debate oral en el que debía ser juzgado por el crimen de un vecino, cometido en el barrio porteño de Villa Lugano en 2018.
La decisión fue aprobada por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional 29, que consideró que el artista no se encuentra en condiciones psiquiátricas para afrontar dicho proceso. Asimismo, ordenaron el cese de la prisión preventiva y lo internarán dentro del Programa Interministerial de Salud Mental Argentino (PRISMA), en el Complejo Penitenciario de Ezeiza.
La semana pasada el defensor oficial, Javier Marino, solicitó el sobreseimiento y la libertad de Álvarez. La petición se hizo en base a un informe del Cuerpo Médico Forense, que concluía que las facultades mentales del músico “no encuadran dentro de los parámetros considerados como normales” y que el “estrés” de un juicio agravaría su condición.
Por otra parte, las autoridades señalaron que en el artículo 77 del Código Procesal Penal de la Nación, se establece que si el imputado se cura, la causa proseguirá, por lo que solicitó que el músico sea evaluado periódicamente cada seis meses.
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