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Región

Punto por punto, qué dice el nuevo Decreto de restricciones en Santa Fe

El Gobierno de la Provincia de Santa Fe lanzó el nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia en el marco de la segunda ola de contagios de coronavirus. Con una ocupación casi total de camas en la región, desde el Ejecutivo local decidieron restringir fuertemente la movilidad vehicular, además de reducir los horarios de atención de locales comerciales y gastronómicos.

 

En el caso de los últimos mencionados, aquellos que vendan mercaderías varias podrán abrir hasta las 17 horas, a excepción de quienes comercialicen alimentos. En tanto, los bares y restaurantes tendrán como horario de cierre al público las 19 horas, siempre con el 30% de afluencia. Luego podrán trabajar con delivery y take away hasta las 23.

Foto: Mauro Montenegro para RedBoing

De esta manera, el DNU que lleva la firma del gobernador Omar Perotti señala que desde la medianoche de este jueves y hasta el 30 de mayo se suspenderá: 

 

a) Reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para el grupo conviviente y para la asistencia de personas que requieren cuidados especiales. 

 

b) Reuniones sociales en espacios públicos al aire libre. 

 

c) Práctica recreativa de deportes grupales de contacto en espacios cerrados o al aire libre. 

 

d) Funcionamiento de clubes, natatorios, gimnasios y otros establecimientos afines, incluyendo los destinados a la práctica del denominado “Fútbol 5”; comprendiendo a las actividades en modalidad entrenamiento y las que puedan desarrollarse al aire libre. 

 

e) Funcionamiento de locales de eventos o de juegos infantiles y otros establecimientos afines, en espacios cerrados o al aire libre, comúnmente denominados miniclubs o peloteros.

f) Competencias deportivas provinciales, zonales o locales de carácter profesional o amateur no habilitadas expresamente por las autoridades nacionales, mediante Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del Poder Ejecutivo Nacional o Decisión Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros, incluidas las competencias automovilísticas y motociclistas. 

 

g) Realización de todo tipo de actividades y eventos religiosos en lugares cerrados. 

 

h) Discotecas y salones de eventos, de fiestas y similares. 

 

i) Actividades de salas de juego en casinos y bingos. Locales comerciales, cines, bares, restaurantes, patios de comidas y espacios juegos infantiles ubicados en centros comerciales, paseos comerciales o shoppings y demás establecimientos comprendidos; salvo para locales (a excepción de los cines), que tuvieran ingresos y egresos exteriores independientes, a los que pueda accederse sin transitar por los espacios interiores de circulación donde se ubican los comercios, sin habilitar corredores internos entre las zonas. 

 

k) Cines, teatros, centros culturales, salas y complejos cinematográficos y otros establecimientos afines, incluidos los que funcionen al aire libre. 

m) Actividad artística y artesanal a cielo abierto, en plazas, parques y paseos. No queda alcanzada por la suspensión dispuesta en el presente inciso la actividad de las ferias francas de comercialización de productos alimenticios. 

 

n) Actividad hípica en hipódromos. 

 

ñ) Asambleas y actos eleccionarios de personas jurídicas públicas y privadas, en forma presencial. Solo podrán realizarse en forma remota. 

 

o) Pesca deportiva y recreativa en la modalidad desde costa y embarcados, actividades de los clubes deportivos vinculados a las mismas y de las guarderías náuticas, a los fines del retiro y depósito de las embarcaciones. 

 

p) Navegación recreativa o deportiva, en cualquier tipo de embarcación.

 

En tanto, el mismo documento ordena pasar teletrabajo durante el mismo plazo de tiempo a: 

 

a) Ejercicio de profesiones liberales, incluidos mandatarios, corredores y martilleros debidamente matriculados e inscriptos.

 

b) Actividad inmobiliaria y aseguradora.

 

c) Actividades administrativas de sindicatos, entidades gremiales empresarias, cajas y colegios profesionales, entidades civiles y deportivas, obras sociales y de universidades nacionales y privadas con sedes en el territorio provincial. 

 

d) Actividades administrativas de las empresas industriales, de la construcción, comerciales o de servicios.

Foto: Fátima Grosso para RedBoing

Respecto a la movilidad vehicular, el Gobierno provincial decretó que quedará restringido únicamente a quienes desarrollen actividades autorizadas, tales como ir a trabajar o situaciones de fuerza mayor. Además, señala que los padres de los menores que concurran a un establecimiento educativo donde no estuvieran suspendidas las actividades presenciales también podrán hacerlo.

 

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