La Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje en Consumo comprobó que las empresas Galeno Argentina S.A., Medicina Prepaga Hominis S.A., y CEMIC infringieron el artículo 38 de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor que obliga a las empresas que prestan servicios a publicar en sus sitios web el modelo de contrato a suscribir.
En estos casos, las multas fueron de $750.000, $600.000 y $700.000, respectivamente, informó la cartera a través de un comunicado.
Entre los motivos de sanción, las disposiciones oficiales destacan que estos contratos “suelen ser celebrados por adhesión a cláusulas predispuestas donde la relación establecida entre los contratantes es asimétrica, porque los términos de la relación son establecidos unilateralmente por la empresa de salud (…) a tal fin, se tendrá en cuenta que en el contexto de público y notorio conocimiento que atraviesa el país, el acceso a los contratos a través del sitio web (…) se torna una herramienta indispensable para el cuidado de la salud de la población”.
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