Se acerca una fecha clave para los trabajadores independientes: la recategorización del Monotributo. Un momento en el calendario para marcar con rojo, porque un olvido puede generar luego inconvenientes con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
El Monotributo tiene dos fechas en el año para cambiar o confirmar la categoría:
- En enero: que determina la escala y la cuota a pagar desde el 1° de febrero con la nueva escala anual.
- En julio, que se implementa desde el inicio de agosto.
En estas dos instancias, la recategorización es obligatoria para todos, ya que define el monto de la carga impositiva que se abonará en los seis meses siguientes, de acuerdo con la categoría a la que pertenezca el contribuyente.
Para el primer trámite del año, y aun en caso de continuar en la misma categoría, el trabajador igualmente cambiará el importe total a abonar porque la AFIP actualizó 26% los parámetros, lo implica una suba tanto de topes de facturación como al importe a pagar por mes.
La primera fecha del año para recategorizar tiene como plazo máximo el viernes 21 de enero de 2022. Un día antes, el 20 de enero, opera el pago de la cuota con la escala anterior.
Hasta el viernes 21, los monotributistas podrán cargar los datos que la página web de la AFIP requiere y ésta dará realizará el cambio correspondiente en función de las escalas vigentes que marcan las 11 categorías existentes (desde la A, para los que menos dinero anual facturan por productos y/o servicios, hasta la K). Para hacer esta operación es necesario tener Clave Fiscal.
Para saber a qué categoría pertenece cada contribuyente, se deberán sumar los ingresos brutos de los últimos 12 meses (todo lo facturado en 2021).
También debe tener en cuenta otros parámetros, como los gastos de tarjeta de crédito, el consumo de energía eléctrica o los alquileres devengados, para los casos de los monotributistas que además tengan un comercio u oficina.
Paso a paso, cómo recategorizarse en el Monotributo
- Entrar al sitio de la AFIP (afip.gob.ar) e ingresar al portal del contribuyente con el número de CUIT o CUIL (es el usuario) y luego la Clave fiscal.
- Entrar al servicio “Monotributo” donde se despliegan varias alternativas y una de ellas será el botón de “recategorizarme”. Otra opción es ingresar a “Sistema registral”, luego a “Registro Único Tributario”, después ir a la parte de “Impuestos / Opción monotributo” y finalmente se abrirá una nueva página en la que uno de los ítems es recategorización.
- La página mostrará la categoría actual a la que el contribuyente pertenece y los topes de cada parámetro de esa categoría, con la sugerencia de revisar las nuevas escalas 2022 antes de avanzar (para saber si se modificará o no la categoría). Una vez chequeado esto hay que hacer clic en el botón que dice “continuar recategorización”.
- En el punto siguiente, hay que informar el total facturado de enero a diciembre de 2021 y contestar (por sí o no) si se usa un local. Y “continuar”.
- En el paso siguiente hay que ingresar los datos de la actividad, según lo solicita el sistema, para determinar la nueva categoría que la propia AFIP mostrará de inmediato, de acuerdo con los datos cargados.
- Es recomendable verificar bien antes de aceptar la recategorización. En caso de que algún dato no sea correcto, se puede presionar el botón “volver” y corregir. Si todo está bien, entonces hay que hacer click en “confirmar categoría”.
- Como último paso, la página informará que la operación fue resuelta de manera correcta y ofrecerá la posibilidad de imprimir la nueva credencial.
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