Luego de anunciar que las personas contagiadas de coronavirus están eximidas de votar en las PASO, el Gobierno informó que la ausencia deberá justificarse dentro de los 70 días posteriores a los comicios por vías remotas. Así lo especificó la titular de la Dirección Nacional Electoral, Diana Quiodo, quien añadió que el mismo protocolo se aplicará a aquellos que estén aislados por ser contacto estrecho.
“La recomendación general es que no concurran a votar todas las personas que tengan caso confirmado de Covid-19, sean contactos estrecho o sospechosos o estén en cuarentena”, explicó la funcionaria. Y agregó: “El Código Electoral prevé la ausencia de las personas enfermas”.
Asimismo, la titular de la entidad puntualizó que el trámite puede realizarse “de una manera ágil” a través del sitio infractores.padron.gob.ar. De esa forma, el ciudadano quedará “eximido del pago de la multa y de las sanciones” que establecen las leyes electorales para aquellos que no concurran a las urnas.
En la misma línea, Quiodo sostuvo que “no se previó un mecanismo específico” para los que igualmente quisiesen votar “sino que otorgó a cada juez de primera instancia poder definir” la forma “para voto Covid”. En este punto, especificó que los jueces electorales de la Ciudad de Buenos Aires, María Servini y de la provincia de Buenos Aires, Alejo Ramos Padilla, efectuaron una recomendación en “general de no concurrir a votar en los casos de Covid-19 o contacto estrecho”.
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