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PASO

Los contagiados de coronavirus tendrán 70 días para justificar su inasistencia

Luego de anunciar que las personas contagiadas de coronavirus están eximidas de votar en las PASO, el Gobierno informó que la ausencia deberá justificarse dentro de los 70 días posteriores a los comicios por vías remotas. Así lo especificó la titular de la Dirección Nacional Electoral, Diana Quiodo, quien añadió que el mismo protocolo se aplicará a aquellos que estén aislados por ser contacto estrecho.

“La recomendación general es que no concurran a votar todas las personas que tengan caso confirmado de Covid-19, sean contactos estrecho o sospechosos o estén en cuarentena”, explicó la funcionaria. Y agregó: “El Código Electoral prevé la ausencia de las personas enfermas”.

Asimismo, la titular de la entidad puntualizó que el trámite puede realizarse  “de una manera ágil” a través del sitio infractores.padron.gob.ar. De esa forma, el ciudadano quedará “eximido del pago de la multa y de las sanciones” que establecen las leyes electorales para aquellos que no concurran a las urnas.

En la misma línea, Quiodo  sostuvo que “no se previó un mecanismo específico” para los que igualmente quisiesen votar “sino que otorgó a cada juez de primera instancia poder definir” la forma “para voto Covid”. En este punto, especificó que los jueces electorales de la Ciudad de Buenos Aires, María Servini y de la provincia de Buenos Aires, Alejo Ramos Padilla, efectuaron una recomendación en “general de no concurrir a votar en los casos de Covid-19 o contacto estrecho”.

 

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