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Ley de Etiquetado Frontal: el Gobierno introdujo cambios para flexibilizar el uso de los octágonos negros

El Gobierno modificó este jueves la Ley de Etiquetado Frontal sancionada en octubre de 2021 y, a partir de ahora, los octágonos negros solo mostrarán cuánto más azúcar, sodio, grasas y caloría contiene cada alimento. Además, hubo modificaciones en la regulación de la publicidad a partir de dos disposiciones publicadas en el Boletín Oficial.

El cambio detallado en la resolución 11362/2024 fue impulsado por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) con el objetivo de flexibilizar el régimen comercial y entrará en vigencia el próximo viernes 27 de diciembre.

La novedad más sustancial radica en el texto del sello negro, que dejará de mostrar la leyenda del “exceso” y solo podrá advertir cuánto de agregado tiene el alimento en referencia a los peligros para la salud mencionados.

“El símbolo octogonal y el rectángulo de la leyenda serán utilizados únicamente para declarar los nutrientes críticos, calorías, edulcorantes y/o cafeína”, reza el documento que publicó la ANMAT como anexo a la disposición.

Como algunos productos cuentan con algunos de los elementos en forma natural, por ejemplo, con azúcar, las empresas solo deberán informar la cantidad del mismo que se añadió durante el proceso de producción. Las compañías tendrán que adecuarse a la nueva normativa, aunque los artículos lanzados con la reglamentación anterior podrán continuar en venta hasta finalizar con su existencia.

Por otro lado, la administración que conduce Javier Milei también publicó la disposición 11378/2024, referente a la difusión de todos los productos nacionales o importados que “contengan al menos un sello de advertencia“.

La resolución prohíbe “toda forma de publicidad, promoción y/o patrocinio de los alimentos y bebidas analcohólicas” que esté “dirigida especialmente a niños, niñas y adolescentes“, considerando a estos últimos a personas de entre 13 y 16 años.

En el anexo explicaron que se considerará publicidad a la comunicación que tenga “elementos que resulten de interés y atractivo para ellos“, es decir, cuando se presenten “hábitos, comportamientos, estilos de vida, lenguaje, colores, bandas sonoras y/o temas que despierten interés en los niños y adolescentes”.

 

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