La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un recurso extraordinario presentado por la exmandataria Cristina Fernández de Kirchner, su hijo y legislador Máximo Kirchner, junto con otros acusados en las investigaciones de Hotesur y Los Sauces. Este fallo ratifica la resolución previa que anuló el sobreseimiento de los imputados y dispuso que se lleve a cabo un juicio oral.
Ambas causas indagan presuntas maniobras ilícitas relacionadas con lavado de dinero, asociación ilícita y recepción indebida de beneficios. Estos hechos estarían vinculados a las empresas Hotesur y Los Sauces, de las cuales la familia Kirchner es propietaria.
En 2021, el Tribunal Oral Federal N° 5 eximió de responsabilidad a los acusados, argumentando que el principio de “ne bis in idem” había sido vulnerado. No obstante, en septiembre de 2023, la Cámara Federal de Casación Penal revocó esa decisión. Finalmente, la Corte Suprema rechazó el recurso defensivo al entender que no involucraba una sentencia definitiva ni una cuestión federal relevante, dejando las garantías procesales y las leyes aplicables para ser discutidas en el juicio oral.
“La defensa no logró demostrar un agravio actual, concreto y real, más allá del sometimiento al proceso penal”, expresó el fallo firmado por los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti.
Con esta decisión, la causa deberá continuar en la etapa de juicio oral, donde se determinarán los hechos y responsabilidades de los imputados, entre los que también se encuentra la sobrina de Cristina Kirchner e hija de Alicia Kirchner, Romina de los Ángeles Mercado.
“La fundamentación autónoma requiere que el escrito de interposición del recurso extraordinario contenga un relato prolijo de los hechos de la causa de relevancia principal, que permita vincularlos con las cuestiones que se plantean como de naturaleza federal mediante una crítica concreta y razonada de los argumentos en que se basó la sentencia que se impugna”, indicó el alto tribunal.
En esa misma línea, señaló que “resulta exigible rebatir todos y cada uno de los argumentos en que el juzgador se apoyó”.
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