La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó hoy el procedimiento para adherir al Régimen de Regularización de Activos que permitirá a los residentes y no residentes regularizar activos sin límite de monto sin costo alguno.
La medida está contemplada en la Ley 27.743 bautizada “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes” y que mediante la Resolución General Nº 5528 publicada en el Boletín Oficial detalla que el dinero negro ingresado en el sistema financiero deberá quedar hasta el 31 de diciembre de 2025 o se inviertan en destinos autorizados.
Además, quienes regularicen bienes o tenencias por hasta US$100.000 estarán exentos del pago de impuestos. La normativa también facilita la adhesión de personas que perdieron su residencia fiscal antes del 31 de diciembre de 2023, quienes podrán recuperar su residencia a partir del 1° de enero de 2024.
El régimen establece tres etapas con alícuotas decrecientes: hasta el 30 de septiembre de 2024 con una alícuota del 5%, hasta el 31 de diciembre de 2024 al 10%, y hasta el 31 de marzo de 2025 al 15%.
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