Lo informó el Ministerio de Salud de la Nación. Abarca a todos los que, 14 días antes, se dieron al menos la primera dosis, pero exceptúa a trabajadores de la salud, quienes deberán completar el esquema de inmunización.
La medida solo exceptúa a las personas incluidas en el artículo 3°, incisos V y VI de la Resolución N° 627/2020 del MINISTERIO DE SALUD, esto es, los trabajadores con inmunodeficiencias, oncológicos y/o trasplantados”, remarcó el documento.
Y agregó: “Se dispensa del deber de asistencia al trabajo a los trabajadores y trabajadoras mayores de SESENTA (60) años, embarazadas y/o que se encuentren comprendidos en alguno de los grupos de riesgo definidos por la autoridad sanitaria, es complementada por la Resolución Conjunta del MINISTERIO DE SALUD y del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 4/2021, que regula la posibilidad de convocar a los trabajadores, incluidos los dispensados, debidamente vacunados que podrán retornar a sus actividades luego de transcurrido el tiempo considerado necesario para la inmunidad”, completó el texto.
En febrero pasado, el sector privado había pedido al Gobierno que aquellos empleados considerados población de riesgo por el Coronavirus puedan volver a trabajar si se habían aplicado al menos una dosis de la vacuna.
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