Cuáles son los meses de facturación para el cálculo del Repro II
Los meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) serán julio de 2019 y de 2021, pero no se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1 de enero de 2019.
En el caso de trabajadoras y trabajadores independientes, deberán presentar una reducción de la facturación superior al 20% en términos reales, para el periodo comprendido entre julio último y el mes mismo mes de 2019.
Hasta cuándo está abierta la inscripción para el Repro II
El plazo de inscripción tanto para el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos como para el Programa de Reactivación Productiva II (Repro II) estará comprendido entre el 25 y el 31 de agosto próximo.
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