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Argentina

En Chaco le cortarán la luz a quiénes hagan fiestas clandestinas

El gobernador de Chaco, Jorge Capitanich, firmó un decreto en el que adaptó y engrosó las limitaciones a nivel provincial. Entre otras medidas, habilitó a las empresas estatales de servicios públicos a cortar el suministro a aquellos usuarios que lo utilicen para incumplir las directivas establecidas. La medida está dirigida a evitar o castigar la realización de fiestas clandestinas.

Las fiestas clandestinas, que tienen lugar desde el verano, están en el ojo de la tormenta por el aumento de contagios. (Foto: NA)

En una disposición especial, la normativa especifica que en caso de que se violen las disposiciones nominadas por el Gobierno, “se faculta a las empresas del estado provincial prestadoras de servicios públicos a arbitrar los medios y a ejercer las acciones necesarias a fin de verificar si el inmueble en cuestión, cuenta con suministro en forma regular y se encuentra habilitado en legal forma”.

Desde el gobierno provincial explicaron que, meses atrás, que la provincia implementó el control de los eventos a través de una plataforma digital, en la que debía registrarse el inmueble para que pueda ser monitoreado por las fuerzas de seguridad. Las celebraciones pueden realizarse pero cumpliendo un protocolo que define cantidad de personas, una duración determinada y la implementación de medidas de bioseguridad.

Toda aquella fiesta que no aparezca registrada en el sistema es considerada clandestina y los organizadores reciben sanciones económica.

Qué dice el decreto

Según el decreto, de constatarse irregularidades o alteraciones en relación con lo declarado en términos de categoría de usuario, potencia o por el uso del servicio para el incumplimiento de medidas de restricción sanitarias, las empresas procederán a interrumpir la prestación.

“El Ministerio de Seguridad y Justicia, determinará el procedimiento a fin de notificar a la Empresa prestataria de servicio, la infracción cometida, identificando el responsable y la ubicación del inmueble para la intervención pertinente”, sigue la disposición, y termina: “La reconexión del mismo implicará la acreditación previa del cumplimiento de las sanciones y/o multas aplicadas conforme el caso en particular”.

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