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El senado santafesino aprobó la Ley contra la compra y venta ilegal de cables

El Senado convirtió en ley el proyecto de la creación del Registro de Acopiadores y Comercializadores de Materiales No Ferrosos. Esta instancia permitirá romper el circuito ilegal que existe alrededor del robo de cables controlando y penalizando a quienes se dediquen a su reducción y reventa clandestina.

En el día de hoy, el Senado santafesino aprobó la media sanción que faltaba para convertir en Ley el proyecto de la diputada socialista Lionella Cattalini y el diputado Oscar Martínez (FR) para la creación del “Registro Provincial de Acopiadores y Comercializadores de Metales no ferrosos”.

El objetivo principal de la creación de este registro surge a partir de la ola de robos de cables que se viene sucediendo en la provincia de Santa y permitirá blanquear a vendedores a titulares o responsables de comercios y locales, y a quienes realicen actividades de carácter comercial o industrial en forma permanente o eventual con metales no ferrosos, quienes además deberán llevar un libro donde consten datos sobre la compraventa y las personas que intervienen.

“El robo de cables es uno de los delitos que más daños ocasionan. Cada vez son más los barrios que se quedan sin servicios de luz, cable, internet, y vecinos y vecinas que sufren los robos de picaportes, medidores de agua, de gas, porteros eléctricos, etc, debido al valor de estos materiales”, explicaron a la vez que aseguraron que “esta nueva herramienta con la que contará el gobierno provincial permitirá controlar y clausurar aquellos negocios que no puedan dar cuenta de el origen de esos materiales”.

Por su parte, comunicaron: “Se trabajó este tema en audiencias públicas en las cuales participaron todos los actores que son damnificados en forma directa por el robo de cables y esto permitió entender que existía un vacío legal que diera cuenta de los establecimientos legales en contraposición a las operaciones de grupos organizados que aprovechan un activo circuito ilegal para su reducción y reventa clandestina de materiales no ferrosos”.

El Registro incluirá a quienes estén vinculados a la comercialización e industrialización de estos metales: desarmaderos, chatarrerías y depósitos cualquiera fuera su denominación. Y a partir de esta ley el Estado provincial puede realizar la inspección, control y clausura de los establecimientos que no estén inscriptos y no informen sus actividades.

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