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Rosario

El Municipio dispuso un cronograma obligatorio de taxis para los fines de semana

Foto: Fátima Grosso para RedBoing

Ante la denuncia de muchos rosarinos por las complicaciones para conseguir un taxi en Rosario, el Municipio dictó un cronograma obligatorio para garantizar la prestación de taxis durante los fines de semana y feriados en la ciudad.

El ejecutivo local se realizó un relevamiento en el que se intimó a 800 titulares de licencias que no cumplen con la obligación de tener el auto circulando las horas necesarias. Se les dio un plazo de adaptación y si no lo hacen procederán a aplicarles sanciones.

 Según los datos del Sindicato de Peones de Taxis, las licencias siguen siendo 4 mil aunque se calcula que el 25 por ciento no está circulando.

Según la normativa dispuesta por la Secretaría de Movilidad, “la reapertura de actividades que se viene produciendo en la ciudad” debido a los buenos índices sanitarios “conlleva una mayor presencia y circulación de la población en la vía pública y, por ende, un aumento en la demanda del servicio de taxis“.

“En este marco, corresponde adoptar medidas excepcionales y complementarias tendientes a garantizar el cumplimiento de la normativa vigente, principalmente en aquellos días que se registra una mayor necesidad de presencia de unidades habilitadas para el servicio, siendo éstos los fines de semana y feriados”.

Se dispuso la obligatoriedad de la prestación del servicio para los taxis habilitados durante octubre según el siguiente esquema:

Licencias de taxis desde la sigla RA-0001 al RA-0982 inclusive:

  • Viernes 1/10, 15/10 y 29/10, de 19 a 3 del sábado.
  • Domingos 10/10, 24/10 y 31/10, de 11 a 19.

Licencias de taxis desde la sigla RA-0983 al RA-1.968 inclusive:

  • Sábados 2/10, 16/10 y 30/10, de 11 a 19.
  • Sábados 9/10 y 23/10, de 19 a 3 del domingo.

Licencias de taxis desde la sigla RA-1969 al RA-2.955 inclusive:

  • Sábados 2/10, 16/10 y 30/10, de 19 a 3 del domingo.
  • Sábados 9/10 y 23/10, de 11 a 19.
  • Lunes 11/10, de 11 a 19.

Licencias de taxis desde la sigla RA-2956 al RA-4.085 inclusive:

  • Domingos 3/10 y 17/10, de 11 a 19.
  • Viernes 8/10 y 22/10, de 19 a 3 del sábado.
  • Lunes 11/10, de 19 a 0.

Por otro lado, la resolución también indica que las licencias que se encuentren enmarcadas en la ordenanza 8.099 deberán prestar el servicio las 24 horas del día, mientras que las licencias que cuenten con un régimen de prestación del servicio de ocho horas diarias, deberán ajustarse según la terminación de sus licencias.

Las licencias terminadas en número par deberán prestar servicios los sábados 2, 16 y 30 de octubre, de 19 a 3 del domingo; mientras que las unidades que terminen en número impar trabajarán los sábados 9 y 23 de octubre, de 19 a 3 del domingo.

 

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