El Gobierno oficializó este lunes el procedimiento excepcional para la devolución de los saldos a favor generados por las percepciones del impuesto PAIS, que llevará a cabo la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
De acuerdo con lo pautado en la Resolución General 5638/2025 publicada en el Boletín Oficial, se estableció el procedimiento cuyo fin es el de resolver los créditos fiscales acumulados por agentes de percepción, luego de la finalización del tributo en diciembre pasado, hasta cuando se aplicó en operaciones en moneda extranjera realizadas por residentes locales.
Dado que el esquema de percepciones generó saldos a favor de ciertos agentes que no pudieron ser compensados, ARCA diseñó un mecanismo de devolución con el Impuesto sobre Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias.
Así, los contribuyentes podrán acceder a este procedimiento presentando el formulario de declaración jurada F.744, correspondiente a los períodos de diciembre de 2024 y enero a marzo de 2025.
El documento se genera a través del Sistema de Control de Retenciones (SICORE), mientras que el uso del “saldo a favor del Impuesto PAIS” tendrá validez hasta el “30 de mayo inclusive“, según detalló la norma firmada por Juan Alberto Pazo, titular de la ARCA. Los que sobrepasen ese período no “serán susceptibles de ser solicitados en devolución“ ni a intereses ni a compensación de saldos.
Con el fin de garantizar una distribución equitativa, la entidad fijó un esquema de porcentajes progresivos en el uso de los saldos a favor declarados: en el primer mes de este año, los agentes podrán compensar hasta el 33,33% del saldo total, y en febrero el límite se incrementará al 66,6%, restando los montos extraídos en enero.
“De no haber exteriorizado el saldo a favor por el período diciembre 2024 del Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS) hasta el 1 de marzo de 2025, no corresponderá la acreditación de intereses ni su utilización”, agregó la resolución. Los intereses sobre los saldos acumulados solo podrán ser empleados mediante el procedimiento de compensación previsto y para cancelar las obligaciones tributarias especificadas.
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