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El gobierno aseguró la continuidad de la complementariedad entre el trabajo temporal y el cobro de los planes sociales

La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación garantizó que está vigente la complementariedad entre el trabajo registrado y los beneficios de la seguridad social de trabajadores rurales que prestan servicios en actividades temporales.

Así lo indica un comunicado oficial difundido este viernes, el cual explica que el 18 de agosto de 2023 se publicó el decreto 423 que prorrogó el decreto 514/2021, que había dado vigencia a la promoción del trabajo registrado y la ampliación de los beneficios (tarjeta “Alimentar”) de la seguridad social de los trabajadores rurales que prestan servicios en actividades temporales y estacionales y sus grupos familiares.

Es decir: esa norma establece que el trabajador temporario puede ser registrado por su empleador sin perder los planes sociales gestionados por el gobierno nacional.

“Sin embargo, el 2 de octubre de 2023, quien era presidente de la República Argentina, Alberto Fernández y su ministro de Economía, Sergio Massa, firmaron el Decreto 493/2023 que oficializó un ‘Nuevo IFE’ como ‘refuerzo para trabajadores informales’. Esta acción, que impedía que trabajadores registrados cobren la ayuda extra, en la actualidad condiciona al jornalero; y decide no registrarse para trabajar porque considera que perderá la ayuda o no la recibirá en caso de que hubiese una nueva”, señala el comunicado.

“Con pérdidas del 30% y hasta el 40% en tabaco; peras y manzanas que no se recolectan; cítricos que quedarán en las plantas en el litoral sin juntarse, las pérdidas son y pueden ser más importantes aún si no se consigue gente para trabajar”, añade.

La realidad es que, a la fecha, el Decreto 493/2023 es modificado solamente por las resoluciones 202/2023 y 1178/23, las cuales no establecen ninguna aclaración respecto de la mantención del beneficio para trabajadores temporales registrados.

Por lo tanto, lo afirmado por el comunicado oficial no tiene, por el momento, una contraparte administrativa, salvo el hecho de la promesa de que no se hará efectiva la restricción contenida en el Decreto 493/2023.

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