Los ministerios del Interior y de Turismo y Deportes informaron el cronograma de feriados para el 2022, que prevé 12 feriados inamovibles, dos trasladables y tres con fines turísticos. Las fechas están contempladas en el Decreto 789, que será publicado el lunes próximo en el Boletín Oficial.
Inamovibles
Según informaron, las jornadas que no podrán trasladarse son: el 1° de enero (Año Nuevo); 28 de febrero y 1° de marzo (Feriados de Carnaval); el 24 de marzo (Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia); el 2 de abril (Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas) y el 15 de abril (Viernes Santo).
También, serán inamovibles: el 1° de mayo (Día del Trabajador); el 25 de mayo (Día de la Revolución de Mayo); el 20 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano); el 9 de julio (Día de la Independencia); 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción de María) y el 25 de diciembre (Navidad).
Trasladables
Los feriados que podrán modificarse serán tres: el del 17 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes), el 17 de agosto (Paso a la Inmortalidad del General. José de San Martín) y el 12 de octubre (Día del Respeto a la Diversidad Cultural). De acuerdo con el informe, el primero se celebrará el mismo viernes, mientras que el segundo se conmemorará el 15 de agosto. El tercero, por su parte, se festejará el 10 de octubre.
Con fines turísticos
En cuanto a los feriados con fines turísticos, el decreto estableció como fechas el 7 de octubre, 21 de noviembre y 9 de diciembre.
Así, el próximo año contará con cuatro fines de semana largos, de cuatro días cada uno: desde el sábado 26 de febrero al martes 1° de marzo; desde el viernes 17 al lunes 20 de junio; desde el viernes 7 al lunes 10 de octubre; y desde el jueves 8 al domingo 11 de diciembre.
Los ministerios señalaron en el comunicado que los feriados contribuirán a impulsar escapadas turísticas y, con ellas, reactivación de la actividad turística.
Comentarios