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Cómo autorizar a un tercero a manejar un auto tras la caída de la cédula azul

La Agencia Nacional de Seguridad Vial viene generando cambios en la normativa de la cédula verde desde abril de este año, por lo que el documento que acredita la propiedad de un vehículo ha tenido modificaciones significativas. Ya no tiene fecha de vencimiento mientras no se modifique la titularidad del vehículo y su uso para el manejo de terceros, se destacan entre los cambios.

La Disposición 29/2024, publicada en el Boletín Oficial, establece que la cédula verde es ahora el único documento necesario para que un tercero pueda conducir un vehículo. Este documento puede presentarse tanto en formato físico como digital, lo que facilita su acceso y uso.

A su vez, el titular del vehículo tiene la opción de permitir que su cédula verde sea visualizada por terceros a través de la aplicación Mi Argentina, siguiendo un proceso de validación en el Sistema Integral de Trámites Electrónicos.

Para realizar esta autorización, el titular debe ingresar al portal de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) con su clave fiscal, seleccionar el dominio del vehículo y registrar al tercero autorizado mediante su nombre, apellido y número de CUIT, CUIL o CDI.

Una vez completado este proceso, el tercero podrá visualizar la cédula verde en su perfil digital de Mi Argentina.

De esta manera, las cédulas verdes con fecha de vencimiento en su formato físico y las cédulas azules, emitidas anteriormente, seguirán siendo válidas hasta que el titular decida revocarlas. Esto asegura que no haya inconvenientes durante los controles de tránsito.

Esta modificación elimina la necesidad de la cédula azul, que anteriormente era requerida para que terceros pudieran conducir el vehículo con autorización del propietario.

La documentación para que un tercero maneje mi auto

  • Documento Nacional de Identidad (DNI)
  • Licencia Nacional de Conducir
  • Cédula verde (si no se es el titular del vehículo)
  • Comprobante de la póliza de seguro vigente
  • Constancia de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o Verificación Técnica Vehicular (VTV)
  • Comprobante del pago de patente
  • Oblea vigente para los vehículos que posean equipos de GNC instalados
  • Chapas patente colocadas visibles, sin alteraciones y en buen estado
  • Matafuegos con fecha vigente y balizas triangulares
  • Para los vehículos radicados en CABA y Provincia de Buenos Aires, cumplimiento en la obligación del grabado de autopartes

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