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INFORME

Cannabis medicinal: legislación nacional, audiencia pública y la postura de Santa Fe

Cannabis sí, cannabis no, se ha convertido en un tema de debate no sólo porque alrededor del el se generan múltiples controversias, sino porque el mismo tópico provoca miles alternativas de utilización.

En 2019, la Organización Mundial de la Salud (OMS) recomendó que se elimine el cannabis (así como la resina de cannabis) del listado más restrictivo de la convención sobre drogas de 1961. Año en el que se elaboró la Lista Única Sobre Estupefacientes que incluyó a los narcóticos particularmente peligrosos para la salud humana que no tienen ninguna aplicación terapéutica, que sí tienen el cannabis y la resina de cannabis.

Tras una evaluación científica que culminó en noviembre de 2018, los expertos de la OMS aconsejaron en su informe final “eliminar el cannabis y el aceite de cannabis de la lista IV”, la categoría más estrictamente controlada en el Tratado de la Convención Única sobre Estupefacientes de 1961.

Según los científicos, el CBD (Cannabidiol) -un compuesto natural presente en el cannabis en gran escala- no tiene efectos psicoactivos o psicotrópicos así que no produce el efecto de “colocado”, por lo que la OMS no considera que sea una sustancia adictiva.

Sí se le atribuye un conjunto de propiedades terapéuticas, pero algunas de ellas todavía no han sido comprobadas científicamente y están en vías de investigación, o lo han hecho en estudios menores.

Sin ir más lejos, Argentina sancionó y promulgó en 2017 la Ley 27350 denominada Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus derivados que legaliza la investigación médica y científica del uso medicinal de la planta de cannabis. Ahora bien, qué permite esta legislación y cuáles son sus alcances a tres años de su sanción.

Esa nueva legislación sumada a los avances posteriores establece específicamente que el Estado debe acompañar a quienes no tengan cobertura más allá del sistema de salud pública y asegura, además, que las prepagas y las obras sociales deben cubrir los tratamientos recetados por médicos habilitados.

  • Legislación nacional

Con estos nuevos caminos, crecen las inquietudes y las ganas de personas que quieren cultivar o se preguntan si pueden hacerlo en el país. Es que todavía muchos no saben que en el último año se sumó y consolidó un camino de legitimación total de la planta en su aspecto terapéutico cuando en marzo de 2021 el Ministerio de Salud creó el Reprocann, un registro para consumidores y cultivadores medicinales.

Los recientes datos aportados por la cartera sanitaria indican que a once meses de su implementación ya se inscribieron 75.000 personas y fueron habilitadas más de la mitad; unas 40.000.

Las farmacias ya venden entre dos y tres productos con CBD fabricados en laboratorios. 

Esto transformó a miles de argentinos que salieron del marco de la prohibición, ya no corren riesgos de ir presos por usar marihuana y están habilitados para moverse dentro del territorio nacional con frascos de aceite, con hasta 40 gramos de flores (o seis frascos) y pueden sembrar y cosechar en sus casas hasta 9 plantas florecidas en un espacio máximo de seis metros cuadrados.

A diferencia de la letra original de la Ley 27.350, que limitaba el uso -sin ofrecer formas de acceso- a los pacientes con epilepsia refractaria. En este caso, solo basta contar con una indicación médica y la validación en la página oficial de inscripción del profesional de la salud.

Sin embargo, el mayor límite que encuentran muchos usuarios para lograr entrar en ese registro: hay usuarios o cultivadores que no consiguen un médico que cierre el proceso de postulación, aunque los profesionales de la salud no necesitan ninguna autorización para hacerlo y les basta con la matrícula.

Según las cifras aportadas por el coordinador nacional del Reprocann en la cartera sanitaria, de los 75 mil anotados, hay apenas 1.500 casos rechazados y 2.500 en análisis mientras que “el resto, unas 31 mil personas, no tienen efectivizada la vinculación médica”.

El trámite se hace por la web, es gratis y el usuario debe elegir si se anota como consumidor, como cultivador para su propio uso o para terceros. Pero no será validado si no cuenta con el ingreso del consentimiento del profesional de la salud.

Uno de los problemas de la falta de médicos que quieran indicar cannabis es que muchos de los que sí lo hacen encontraron un negocio y cobran el trámite, que se resuelve con una consulta y 10 minutos de conexión a Internet, entre $ 7.000 y $10.000. Para muchos profesionales de la salud la inscripción de usuarios en el Reprocann se volvió un negocio en sí mismo y es una barrera para algunos pacientes que no cuentan con el dinero.

Este sistema también garantiza el abastecimiento de aceites a través de la Dirección Nacional de Medicamentos para los hospitales de niños Garrahan y los de las ciudades de Mendoza y Santa Fe y también para los pacientes que no tienen obra social ni el dinero para adquirir los aceites comerciales en farmacias (que se consiguen de 66 mil pesos y de $ 8 mil, depende de la marca).

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT)  se mantuvo muy precavida y conservadora respecto de los criterios para aprobar tratamientos en base a cannabidiol en la Argentina.  Recién a fines de 2020, el organismo anunció la aprobación del primer producto de cannabis que estará en el mercado. Se trata de un producto con cannabidiol (CBD) para el tratamiento de la epilepsia refractaria, focalizada en niños, del laboratorio Alef Medical Argentina.

En este camino, la primera provincia del país en producirlo de manera regional fue el Laboratorio Industrial Farmacéutico (LIF) del gobierno de la provincia de Santa Fe presentó el 5 de octubre de 2021 el primer lote de su producción de aceite de cannabis medicinal, destinado para tratar pacientes que padecen de epilepsia refractaria en el sistema de salud público del distrito.

Justamente,  Santa Fe es pionera en el país sobre no sólo por la producción del cannabis medicinal para uso médico sino porque varias familias santafesinas oídas por la Corte Suprema de Justicia durante el mes de abril cuando jueces del máximo tribunal decidirán si las madres van a tener derecho de cultivar y producir cannabis medicinal protegidas bajo un marco legal.

  • La postura de la Provincia de Santa Fe respecto al Cannabis Medicinal 

Desde diciembre de 2016, tras el paso por ambas cámaras y sucesivas modificaciones en las comisiones, Santa Fe implementó la ley que autoriza el uso medicinal del cannabis, su utilización para investigación, científico y producción pública.

Esta legislación provincial, además, dispone que el Instituto Autárquico Provincial de Obra Social (Iapos) queda autorizado a incluir estos medicamentos en su cobertura obligatoria, sin costo alguno para los afiliados que así lo requieran.

Cinco años después de la sanción de la ley, el Ministerio de Salud que conduce la doctora Sonia Martorano mediante un convenio con el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) comenzó a producir aceite de cannabis mediante el Laboratorio Industrial Farmacéutico (LIF).

“Es un orgullo para Santa Fe ser la primer provincia que elabora cannabis medicinal en un laboratorio público” sostuvo el subsecretario de Promoción de la Salud de Santa Fe, Sebastián Torres, quien explicó que el proyecto actual macro de la provincia tiene diferentes etapas y diferentes objetivos.

En diálogo con Red Boing, el funcionario provincial dijo que “éste fue el primer objetivo a partir de la importación del aceite a granel tener su propio aceite de cannabis medicinal, mientras que la provincia ya se encuentra trabajando en la importación de la materia prima, del cristal a partir del cual se genera el aceite cannabis y después se hace todo el proceso de producción y fraccionamiento”.

La provincia de Santa Fe busca promover y estimular la producción de ensayos clínicos de este producto para otras patologías y lograr mayor accesibilidad del producto, optimizando los recursos del estado en un aceite de altísima calidad, para alcanzar soberanía en ciencia y tecnología, como ya lo hace con otros medicamentos, como por ejemplo el misoprostol.

En la actualidad la legislación provincial del proyecto del cannabis medicinal  contempla que los destinarios del aceite que produce el LIF sean aquellos pacientes sin obra social o afiliados al IAPOS, el Instituto Autárquico Provincial de Obra Social.

 

  • Audiencia pública de la Corte sobre cannabis medicinal

El 27 y 28 de abril se llevará a cabo en la Corte Suprema de Justicia de la Nación una audiencia pública en la que se pondrá en debate la despenalización del cultivo de cannabis medicinal por parte de familiares u organizaciones afines.

La instancia fue fijada a partir del recurso presentado por la organización Madres Cannabis Medicinal Santa Fe (Macame), tras el rechazo de la Cámara Federal de Rosario al amparo que pedían para no ir presas por cultivar la planta con la que preparan el aceite para tratar las patologías de sus hijos.

Macame y otras organizaciones vienen denunciando hace años las dificultades que deben afrontar para conseguir la medicina para sus hijos.

Durante una conferencia de prensa este viernes en la ciudad capital, el abogado constitucionalista y representante legal de Macame, Domingo Rondina señaló que “es una instancia inédita en varios aspectos: por primera vez, la Corte acepta discutir la temática del cultivo, destaca los altos resultados en materia medicinal, pero sobre todo, quien logró llegar a esa instancia es una organización de madres santafesinas”.

En esta línea, el letrado precisó que “es una odisea conseguir productos industriales, y esos productos industriales no siempre satisfacen las necesidades de cada chico”.

El tema está instalado y el debate abierto. Santa Fe se convierte en precursora de la investigación y desarrollo y la audiencia pública -que se hizo posible gracias a madres santafesinas que han conseguido algo histórico- parece ser el faro de luz en un tópico que lleva años de debate como de investigaciones.

 

 

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